Cancún, 6 de noviembre de 2017.
En su libro “La Suspensión de los Derechos Políticos”, el Magistrado Manuel González Oropeza cita como ejemplo la ponencia que plasmó en defensa del caso Greg Sánchez, cuando estos derechos le fueran privados ilegalmente durante su tramado proceso penal, en un incuestionable acto de menoscabo a su dignidad ciudadana y a sus garantías constitucionales. ¿Por qué el respetable Magistrado votó a favor de Greg y en contra de la resolución? A continuación se presenta textualmente su exposición:
“Toda vez que no coincido con las consideraciones que motivan y fundamentan la sentencia dictada en los juicios en los que se actúa, cuyo resolutivo modifica el acuerdo impugnado mediante el cual el Instituto Electoral del Estado de Quintana Roo cancela el registro del ciudadano Gregorio Sánchez Martínez como candidato a Gobernador en la referida entidad federativa, formulo VOTO PARTICULAR, en los siguientes términos:
La pena de suspensión de derechos políticos se ha denominado como “muerte civil”, pues los priva de los derechos del ciudadano, como en el caso, no sólo de ser votado, sino también de votar, que en México no ha sido reconocido a las personas privadas de su libertad. La cesación, aunque sea transitoria, de los derechos políticos de un ciudadano a unos cuantos días de la elección en el Estado por el que está registrado como candidato a un cargo de elección popular es, sin duda, un menoscabo a su dignidad, pues se le somete a privación de la libertad.
En el caso a discusión, debe sopesarse si la suspensión de derechos políticos acaecidos un mes después del registro del candidato de una coalición para contender en una elección que se llevará a cabo en menos de otro mes, a través de un auto de vinculación a su proceso penal, sin consistir en una sentencia ejecutoria, como es el caso que nos ocupa, promueve los fines de una sociedad democrática. Mi respuesta es contundentemente negativa.
A modo de reflexión, considero que la aprehensión de un candidato registrado en plena campaña electoral, a un mes de que se celebre la jornada electoral, atenta contra el principio constitucional consistente en que las elecciones deben ser auténticas.
Por las razones anteriores emito un voto en contra de esta sentencia por estimar que debía revocarse el Acuerdo del Instituto Electoral del Estado de Quintana Roo que cancela el registro del candidato a Gobernador en la entidad y confirmarse el registro de Gregorio Sánchez Martínez a dicho cargo.”
Queda claro que el Magistrado Manuel González Oropeza votó en contra por considerar que no se puede suspender en la etapa de proceso penal los derechos políticos de los ciudadanos, pues ello equivaldría a una “muerte civil”, que priva de los derechos, como en el caso, no sólo de ser votado, sino también de votar. Considera además que la aprehensión de un candidato registrado en plena campaña electoral, como es el caso en particular de Gregorio Sánchez Martínez, a un mes de que se celebre la jornada electoral, atenta contra el principio constitucional consistente en que las elecciones deben ser auténticas.